
¿QUÉ ES DEMUNA?
Es la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente. El servicio que ofrece es en bienestar del niño niña y el adolescente, cuenta con un equipo multidisciplinario como abogados, trabajadores sociales, psicólogos, defensores y otros, que funcionan en las municipalidades en el ámbito nacional y es de carácter gratuito.
Está conformada:
- Abogado- Defensor
- Personal de Psicología
- Personal Administrativo

¿QUÉ CASOS SE DENUNCIAN Y ATIENDE EN LA DEMUNA?
ALIMENTOS:
Es todo lo que un niño y adolescente necesita para vivir (vivienda, salud, educación, alimentos, vestido y recreación).
FILIACIÓN:
Es el reconocimiento legal del menor por parte de sus padres o abuelos.
TENENCIA:
Cuando los padres no han decidido aún quien se hará responsable del menor.
REGÍMEN DE VISITAS:
Es el derecho que tiene el padre o madre, que no vive con su hijo o hija, de mantenerse contacto con este.
NORMAS DE COMPORTAMIENTO:
Son reglas o pautas que están orientadas a resguardar los derechos y obligaciones de las niñas(os) y adolescentes.
ABUSO SEXUAL:
Contra Varones y Mujeres. (Que no consiste sólo en el acto sexual sino también cuando hay caricias indebidas a los niños).
MALTRATO INFANTIL:
Puede presentarla cualquier persona, e incluso el propio niño, niña o adolescente víctima de los casos ya mencionados.
DERIVACIÓN:
Todos los casos que llegan a la DEMUNA de la Municipalidad de San Juan Bautista se derivan a la autoridad competente cuando constituyen delito contra la NNA.

SERVICIOS:
La DEMUNA de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista realiza Conciliaciones con Título de Ejecución en las siguientes materias:
- Tenencia
- Alimentos
- Régimen de Visitas
- La Conciliación se llevará a cabo, siempre y cuando no existan procesos judiciales en trámite, ni en otras Demunas o Centros de Conciliación privadas.
Realizamos Actas de Compromiso cuando se trata de Materias tales como:
- Reconocimiento Voluntario
- Normas de Comportamiento
Realizamos derivaciones a las autoridades competentes en casos:
- Violencia Familiar
- Maltrato Físico/ Psicológico
- Actos contra la liberta sexual/ seducción.
- Abandono Físico y Material/ Situación de Riesgo
- Se brinda Orientaciones Psicológicas
- Incumplimientos de actas de Conciliación

FUNCIONES:
Nuestras funciones están establecidas en el Art. 45 del Nuevo Código del Niño y el Adolescente y son los siguientes:
- a) Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas o privadas.
- b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior;
- c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias.
- d) Conocer de la colocación familiar.
- e) Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación
- f) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan
- g) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos; y
- h) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes
¿QUIÉNES PUEDEN ACUDIR A UNA DEMUNA?
- Los propios niños, niñas y adolescentes
- Sus familiares
- Cualquier persona que conozca de una situación o problema que atente contra los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pudiendo los casos presentarse de forma ANONIMA.
SUSTENTO LEGAL
- Constitución Política del Perú
- Convención sobre los Derechos del Niño
- Código de los Niños y Adolescentes ley 27337
- Decreto Supremo Nº 005- 2019- MIMP
- Ley Orgánica de Municipalidades
- Decreto Legislativo13 77
- Guía de Procedimientos de Atención de Casos Resolución Ministerial 362-2014- MIMP
DEBERES DE LOS NIÑOS, niñas Y ADOLESCENTES LEY 27337
- Son deberes de los niños y adolescentes:
- Respetar y obedecer a sus padres o los responsables de su cuidado, siempre que sus órdenes no lesionen sus derechos o contravengan las leyes.
- Estudiar satisfactoriamente.
- Cuidar, en la medida de sus posibilidades, a sus ascendientes en su enfermedad y ancianidad.
- Prestar su colaboración en el hogar, de acuerdo a su edad.
- Respetar la propiedad pública y privada.
- Conservar el medio ambiente.
- Cuidar su salud personal.
- No consumir sustancias psicotrópicas.
- Respetar las ideas y los derechos de los demás así como las creencias religiosas distintas de las suyas.
- Respetar a la Patria, sus leyes, símbolos y héroes.
DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Son derechos de los niños y adolescentes:
- Derecho a la vida e integridad.
- Derecho a la atención del Estado.
- Derecho a la Integridad Personal.
- Derecho a vivir en un ambiente sano.
- Derecho a la libertad.
- Derecho al nombre, identidad y nacionalidad.
- Derecho a vivir en una familia.
- Derecho a la educación.
- Derecho a la salud.
- Derecho a la recreación.
- Derecho a la libertad de expresión.
INFORMES:
TELÉFONOS : 065- 261274 ANEXO 130
CEL. : 938156638
981151866
HORARIO:
Lunes a Viernes
De 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
HORARIO CORRIDO
Dirección: Av. José Abelardo Quiñones N° 2371 Distrito de San Juan Bautista